Según estableció el Gobierno, esas categorías con las siguientes:

– «Línea blanca»: comprende aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes, calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers.

– Indumentaria: prendas de vestir para hombres, mujeres y niños (incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir), así como también joyería y relojería.

– Calzado y marroquinería: calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.

– Materiales y herramientas para la construcción: arena, cemento, cal, yeso, ladrillos, hierro, chapa, aberturas, maderas, cerámicos, sanitarios, caños y tuberías, grifería, membranas, tejas, pintura, vidrios, herrajes, pisos de madera y herramientas de trabajo.

– Muebles: todos los muebles para el hogar.

– Bicicletas: todo tipo de bicicletas, inclusive las eléctricas, sus partes y/o piezas.

– Motos: incluye a unidades cuyo precio final no sea superior a 120 mil pesos.

– Turismo: pasajes de ómnibus de larga distancia, pasajes aéreos, hoteles y otros alojamientos turísticos habilitados por el organismo provincial competente, paquetes turísticos adquiridos a través de agencias de viaje habilitadas, autos de alquiler, excursiones y actividades recreativas, y productos regionales.

– Colchones: comprende colchones y sommiers.

– Libros: textos escolares y libros de impresión nacional.

– Anteojos: recetados, adquiridos en ópticas, cuyo precio final no sea superior a 10 mil pesos.

– Artículos de Librería: comprende artículos escolares de librería (cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros).

– Juguetes y Juegos de Mesa: todos los productos.

– Teléfonos celulares 4G.

– Neumáticos, accesorios, kit de conversión de vehículos a gas GNC y repuestos para automotores y motos.

– Instrumentos musicales.

– Computadoras, notebooks y tabletas.

– Artefactos de iluminación, incluyendo los artefactos eléctricos de iluminación de tecnología LED (light-emitting diode).

– Televisores.

– Balnearios: comprende a aquellos establecimientos de la costa atlántica que ofrezcan los servicios de carpa y/o sombrilla.

– Perfumería: productos de cosmética, cuidado personal y perfumes.

– Pequeños electrodomésticos.

– Servicios de preparación para el deporte.